Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 14, de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 37 de la Ley N° 401 de 18 de septiembre de 2013, de Celebración de Tratados, se ratifica el ?Acuerdo Internacional del Café 2007?, aprobado por el Consejo Internacional del Café como máxima instancia de decisión de la Organización Internacional del Café – OIC, el 28 de septiembre de 2007, en Londres, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.
Ley No. 561. Ratifica el Acuerdo Internacional del Café 2007
Asamblea Legislativa Plurinacional
25 de agosto de 2014
Honorable Congreso Nacional
21 de julio de 2006
Asamblea Legislativa Plurinacional
25 de agosto de 2014